A quién obliga
Por papel en el ensayo clínico, no por tamaño ni por sector de actividad
Notificación
de incidentes
Régimen sancionador
Calendario ciber
Qué implantar
Mapa NIST CSF
Gobernar GV
Proteger PR
Detectar DE
Responder RS
Relaciones con otras normas
-
deroga CELEX 32001L0020
Directiva 2001/20/CE, sobre buenas prácticas clínicas en los ensayos clínicos. El artículo 96 la deroga con efectos desde la fecha de aplicación del Reglamento, el 31 de enero de 2022, y ordena leer las referencias a ella como referencias al Reglamento con arreglo al cuadro de correspondencias del anexo VII. La derogación no fue inmediata en la práctica: el artículo 98 mantuvo la Directiva viva para los ensayos ya solicitados bajo ella hasta el 31 de enero de 2025. La Directiva no tenía nada equivalente a los artículos 56 a 58.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
-
modificada por CELEX 32022R0641
Reglamento (UE) 2022/641, de 12 de abril de 2022. Añade un párrafo al artículo 61, apartado 1, para eximir de autorización de fabricación e importación a los medicamentos en investigación que lleguen desde otros lugares del Reino Unido a Irlanda del Norte y, hasta el 31 de diciembre de 2024, a Chipre, Irlanda y Malta, bajo dos condiciones de liberación de lote y de destino. Se aplica con carácter retroactivo desde el 31 de enero de 2022. No toca nada de lo exigible en materia de información ni de seguridad.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
-
modificada por CELEX 32022R2239
Reglamento Delegado (UE) 2022/2239 de la Comisión, de 6 de septiembre de 2022. Modifica el anexo VI, el del etiquetado: añade el número de identificación del sujeto o del tratamiento y el número de visita a los datos del acondicionamiento primario, y reorganiza el etiquetado de los medicamentos auxiliares no autorizados. No cambia lo exigible en ciberseguridad.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
-
desarrollada por CELEX 32021D1240
Decisión (UE) 2021/1240 de la Comisión, de 13 de julio de 2021. Es el aviso del artículo 82, apartado 3: constata que el portal de la UE y la base de datos de la UE han alcanzado la plena funcionalidad y cumplen las especificaciones funcionales, sobre la base de un informe de auditoría independiente presentado el 8 de abril de 2021 y de la comunicación del Consejo de Administración de la Agencia de 21 de abril de 2021. Su publicación el 31 de julio de 2021 arrancó el reloj de seis meses del artículo 99 y fijó la aplicación del Reglamento el 31 de enero de 2022.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
-
desarrollada por CELEX 32017R1569
Reglamento Delegado (UE) 2017/1569 de la Comisión, de 23 de mayo de 2017, sobre las normas de correcta fabricación de los medicamentos en investigación. Es el acto derivado con más contenido de ciberseguridad de todo el conjunto: su artículo 8 exige validar los sistemas antes de confiarles la documentación electrónica, proteger los datos almacenados frente al acceso no autorizado, la pérdida y la alteración, y mantener pistas de auditoría de todos los cambios y supresiones. Se aplica desde la misma fecha que el Reglamento.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
-
desarrollada por CELEX 32017R0556
Reglamento de Ejecución (UE) 2017/556 de la Comisión, de 24 de marzo de 2017, sobre los procedimientos de inspección de la buena práctica clínica. Fija qué comprueban los inspectores (entre otras cosas la calidad y la integridad de los datos), les exige conocer las normas de confidencialidad y protección de datos personales y evaluar el riesgo para la integridad de los datos, y les da la facultad de imprimir documentos electrónicos y copiar registros. Se aplica desde la misma fecha que el Reglamento.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
-
desarrollada por CELEX 32022R0020
Reglamento de Ejecución (UE) 2022/20 de la Comisión, de 7 de enero de 2022, que establece las normas y procedimientos de cooperación de los Estados miembros en la evaluación de la seguridad de los ensayos clínicos. Reparte entre Estados miembros la evaluación de las notificaciones de seguridad y ordena que la documentación pertinente se ponga a disposición del Estado evaluador aunque no sea Estado implicado. No impone requisitos de seguridad de la información.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
-
desarrollada por RD 1090/2015
Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos. Su exposición de motivos declara que persigue adaptar la legislación española para hacer viable la aplicación actual y futura del Reglamento. Designa las autoridades españolas, articula los comités de ética y, en materia sancionadora, su artículo 54 remite las infracciones al capítulo II del título IX del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
-
cita RGPD
Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD). El Reglamento de ensayos clínicos no lo nombra, porque es anterior: su artículo 93 remite a la Directiva 95/46/CE, la sección R del anexo I exige una declaración de conformidad con esa misma Directiva y el artículo 56 usa la fórmula abierta «el Derecho aplicable en materia de protección de los datos personales». El artículo 94, apartado 2, del RGPD resuelve el reenvío al establecer que toda referencia a la Directiva derogada se entiende hecha a él, de modo que hoy es el RGPD el que aporta la seguridad del tratamiento, la evaluación de impacto y la notificación de brechas de datos personales que esta norma no regula.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
-
citada por una norma del observatorio
Índice generado a partir de las relaciones que declaran las demás fichas. Las relaciones con efecto jurídico en este sentido, cuando existen, aparecen arriba como entradas propias.