Desarrollar, explotar o prestar como servicio una plataforma IETM
Quien construye y explota la infraestructura
Quien la usa para hablar con la autoridad
Quien certifica y quien supervisa
La condición que decide
Roles que reparte
Notificación de incidentes
Régimen sancionador
Calendario ciber
Qué implantar
Comunicar por vía electrónica
Requisitos funcionales de las plataformas IETM
Requisitos de los proveedores de servicios IETM
Certificación de plataformas y de proveedores
Especificaciones detalladas: Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2243
Mapa NIST CSF
11 medidas sobre NIST CSF 2.0 Elige una función en la rueda o en la lista para ver sus categorías y medidas.Una medida con categorías en varias funciones cuenta en cada una: la suma de la lista supera el total.
Gobernar GV
GV.OC Contexto organizativo
GV.RM Estrategia de gestión de riesgos
GV.SC Gestión de riesgos de la cadena de suministro de seguridad cibernética
Identificar ID
ID.RA Evaluación de riesgos
Proteger PR
PR.AA Gestión de identidades, autenticación y control de acceso
PR.DS Seguridad de los datos
PR.IR Resiliencia de la infraestructura tecnológica
Reglamento (UE) 2024/1157, relativo a los traslados de residuos. Es la única modificación de fondo que ha sufrido este Reglamento, con efectos desde el 20 de mayo de 2024 (los apartados que añade a los artículos 7, 8 y 9 se aplican retroactivamente desde el 20 de agosto de 2020, por su artículo 86.3.a)). Sustituye la remisión del artículo 2, apartado 1, letra a), inciso iv), que dejó de apuntar al antiguo Reglamento (CE) n.o 1013/2006 para apuntar a sus propios artículos; suprime el antiguo artículo 5, apartado 2; añade el artículo 5, apartado 1 bis, que adelanta al 21 de mayo de 2026 la aceptación obligatoria para los traslados de residuos, y añade excepciones de calendario en los artículos 7, 8 y 9 para los elementos relacionados con esa materia.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
desarrollada porCELEX 32025R2243
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2243, de 6 de noviembre de 2025, que establece las especificaciones detalladas de los requisitos funcionales de las plataformas IETM previstas en el artículo 9, apartado 2. Es el acto derivado con contenido de seguridad de todo el marco: identificación electrónica de nivel sustancial, registros de autorizaciones en componente separado, doble factor para el usuario ocasional, pista de auditoría por elemento de dato, canales con certificados de seguridad, seguridad del dato almacenado y almacenamiento bajo jurisdicción de la Unión. En vigor desde el 27 de noviembre de 2025.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
desarrollada porCELEX 32024R2024
Reglamento Delegado (UE) 2024/2024, de 26 de julio de 2024, que completa este Reglamento estableciendo el conjunto de datos comunes IETM y los subconjuntos de datos. Es el diccionario de datos del marco: define cada elemento con su formato, longitud, listas de códigos y normas operativas, de modo que la misma información se registre igual en toda la Unión. No contiene requisitos de seguridad, pero es la referencia contra la que se expresan los derechos de tratamiento de cada usuario. En vigor desde el 9 de enero de 2025.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
desarrollada porCELEX 32024R1942
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1942, de 5 de julio de 2024, que establece los procedimientos comunes y las normas detalladas de acceso de las autoridades competentes previstos en el artículo 8. Define las puertas IETM, el mecanismo de búsqueda, el registro de identificadores, el formato de intercambio sobre eDelivery, los certificados de seguridad que expiden los Estados miembros y la red de asistencia técnica a tres niveles. Sus obligaciones recaen sobre los Estados miembros, no sobre las empresas. En vigor desde el 9 de enero de 2025.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
desarrollada porCELEX 32024R2025
Reglamento Delegado (UE) 2024/2025, de 15 de julio de 2024, que completa este Reglamento modificando la parte B de su anexo I para incorporar los requisitos de información del Derecho nacional notificados por los Estados miembros. Es lo que delimita hasta dónde llega el Reglamento en cada país, porque la aceptación obligatoria alcanza también a esas disposiciones nacionales. En vigor desde el 9 de enero de 2025.
Reglamento General de Protección de Datos. El artículo 9, apartado 1, letra a), exige que la plataforma ofrezca funcionalidades que permitan tratar los datos personales conforme a él, y el considerando 21 lo repite para el tratamiento de los datos personales incluidos en la información reglamentaria. El acto de ejecución lo desarrolla en dos deberes de supresión, sobre los registros de autorizaciones y sobre las operaciones de tratamiento, y fue sometido a dictamen del Supervisor Europeo de Protección de Datos, emitido el 8 de julio de 2025.
Reglamento eIDAS. No aparece en el articulado de este Reglamento: la conexión la establece el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2243, que construye sobre él toda la identidad de la plataforma. El sistema de identificación electrónica con el que se autentican los usuarios incorporados cumple como mínimo los requisitos del nivel de seguridad sustancial de su artículo 8, apartado 2, letra b), y las definiciones de firma electrónica avanzada, sello electrónico avanzado y sello cualificado de tiempo electrónico remiten a sus artículos 26, 36 y 42.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
citaCELEX 32008R0765
Reglamento (CE) n.o 765/2008, de acreditación y vigilancia del mercado. Es la base sobre la que se acreditan los organismos de evaluación de la conformidad que certifican plataformas y proveedores de servicios IETM, y por tanto lo que hace que un certificado obtenido en un Estado miembro valga en todos los demás. Los requisitos propios que este Reglamento añade a esos organismos están en su anexo II.
Verificada contra fuente el 13/08/2026
citada por2 normas del observatorio
Índice generado a partir de las relaciones que declaran las demás fichas. Las relaciones con efecto jurídico en este sentido, cuando existen, aparecen arriba como entradas propias.