Identificación por la Comisión Nacional dentro de los sectores del anexo
Por identificación
Por notificación europea
Régimen particular
En el catálogo, sin obligaciones
Verificación por tercero
Roles que reparte
Notificación de incidentes
A quién se notifica
Autoridad
CSIRT—
Afectados—
Público
Cadena—
Régimen sancionador
Proyecto de ley en tramitación121/000088 (XV Legislatura)
Nada de este proyecto. En España sigue vigente la Ley 8/2011 de protección de las infraestructuras críticas, con su reglamento y las resoluciones de contenidos mínimos del Plan de Seguridad del Operador y del Plan de Protección Específico, y ese es el régimen que obliga hoy a quien opera una infraestructura crítica. La condición de operador crítico se sigue adquiriendo por designación de la Comisión Nacional de la Ley 8/2011, no por el procedimiento de identificación del artículo 12 de este proyecto, que no está en marcha porque la ley que lo crearía no existe. La lista de entidades críticas, el catálogo nacional, el CNPREC, el régimen sancionador y la obligación de notificar incidentes en 24 horas que se describen en esta ficha son contenido de un texto en tramitación.
Enmiendas en comisión · plazo de enmiendas hasta el 02/09/2026 · comprobado el 11/08/2026 ·
Calendario de tramitación
Qué implantar
Identificación y plazos
Evaluación y planificación
Contenido del Plan de Resiliencia
Estructura de seguridad de la entidad
Notificación y supervisión
Facultades con condiciones
Deberes de la Administración
Mapa NIST CSF
Un proyecto de ley no alimenta el mapa de medidas. El mapa traduce obligaciones exigibles a trabajo implantable, y aquí no hay ninguna exigible: montar iniciativas de ciberseguridad sobre un texto que está en enmiendas sería pedir trabajo a cuenta de una redacción que puede cambiar antes de aprobarse. Cuando el texto se apruebe y se publique en el BOE, este mapa se construirá sobre lo aprobado, y el punto de anclaje será el mismo que en la Directiva CER: la evaluación de riesgos de la entidad y la recuperación del servicio. Mientras tanto, quien opere una infraestructura crítica en España encuentra sus medidas implantables en la ficha de la Ley PIC, que es lo que hoy obliga, y su gestión de riesgo ciber en la de NIS2, que es donde vive la materia que este proyecto cede.